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Nadie puede negar que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) es uno de los organismos más importantes en México, es por ello que es igual de relevante mantener la mejor relación posible con este.

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Bajo este entendido, debes saber que, si no quieres meterte en problemas con el Servicio de Administración Tributaria (SAT), hay un límite de dinero en efectivo que debes evitar sobrepasar tener en tu casa, ¿de cuánto estamos hablando?

Bajo este entendido, para determinar cuánto es el límite de dinero en efectivo que una persona puede tener en su vivienda sin meterse en problemas con el organismo tributario de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), habrá que tener en cuenta lo que establece la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita.

Es de esta forma que las siguientes cantidades son las consideradas por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) como los límites de dinero en efectivo que una persona puede tener sin declararlo:

*Compraventa de inmuebles: 8 mil 05 UMA, es decir, 871 mil 274.25 pesos.

*Compraventa de vehículos, nuevos o usados, ya sean aéreos, marítimos o terrestres: 2 mil 210 UMA, es decir, 348 mil 509. 70 pesos

*Compraventa de relojes; joyería; metales preciosos y piedras preciosas, ya sea por pieza o por lote y de obras de arte: 2 mil 210 UMA, es decir, 348 mil 509. 70 pesos.

*Adquisición de boletos que permita participar en juegos con apuesta, concursos o sorteos; así como la entrega a pago de premios por haber participado en dichos juegos con apuesta, concursos o sorteos: 2 mil 210 UMA, es decir, 348 mil 509. 70 pesos.

*Servicios de blindaje: 2 mil 210 UMA, es decir, 348 mil 509. 70 pesos.

*Compra venta de acciones o partes sociales: 2.210 UMA, es decir, 348 mil 509. 70 pesos.

*Arrendamiento de inmuebles y vehículos: 2 mil 210 UMA, es decir, 348 mil 509. 70 pesos.

Para terminar, como mencionamos anteriormente, los límites de uso en efectivo en México para la compra-venta, o para almacenar en vivienda, se encuentran establecidos en la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita.

“La Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita establece en ciertos actos u operaciones la restricción de liquidar o pagar, así como de aceptar la liquidación o el pago de actos u operaciones mediante el uso de monedas y billetes en moneda nacional o cualquier otra divisa y Metales Preciosos”, se detalla en la página web oficial del gobierno de México.


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