fuertes Consecuencias del paro del poder judicial en México; ¿como nos afecta?


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El paro de labores en el Poder Judicial de la Federación (PJF) en México durante 2024 ha tenido varias consecuencias significativas:

  1. Suspensión de actividades: Desde el 19 de agosto, los trabajadores del PJF han cerrado edificios y suspendido labores en juzgados y tribunales federales en 17 entidades de la República. Aunque siguen atendiendo asuntos urgentes, los plazos para contestar demandas y otras acciones no avanzan durante el paro1.
paro tribunal
  1. Impacto en juicios y amparos: Los plazos procesales no corren durante el paro, y los jueces deben declarar oficialmente los días inhábiles. En materia de amparo, se siguen las suspensiones provisionales y medidas cautelares previas al paro. Además, se pueden emitir determinaciones en casos urgentes, como órdenes de aprehensión es decir:
  2. En los juicios, los plazos establecidos para contestar demandas, vistas, ofrecer pruebas, entre otros, no transcurrirán, es decir, no vencerán hasta que se reinicien las labores del PJF.
  3. Para ello, los juzgados y tribunales deben declarar oficialmente inhábiles los días que dure el paro, por ejemplo, este 19 de agosto fue declarado inhábil en 27 juzgados de Distrito y tribunales Colegiados de la Ciudad de México, mientras que los otros 79 lo hicieron por tiempo indefinido.
  4. En materia de amparo, los jueces deberán dar seguimiento a las suspensiones provisionales o medidas cautelares de cualquier materia que se hayan concedido antes del paro. Los recursos de queja, que son impugnaciones dentro de estos juicios, también serán recibidos y tramitados.
  5. En materia penal, los jueces podrán resolver la situación jurídica de los procesados conforme al sistema anterior.
  6. De acuerdo con los lineamientos que el Consejo de la Judicatura Federal (CJF) ha emitido durante los periodos vacacionales, también se podrán emitir determinaciones tanto en materia de amparo como en otras materias que por su especial naturaleza no puedan esperar al reinicio de las labores judiciales, tales como emisiones de órdenes de aprehensión, alertas migratorias, fichas rojas, entre otros.
  7. Así, durante el paro no será posible tramitar asuntos nuevos, celebrar audiencias incidentales o principales, salvo las relativas a la suspensión de plano.
  8. Tampoco podrán ser dictadas sentencias definitivas para concluir los juicios ni atender al público por asuntos que no sean de tramitación urgente
  9. Reforma judicial: Los trabajadores temen que la reforma judicial pueda comprometer la independencia judicial, permitiendo influencias externas e intereses indebidos. Exigen frenar la aprobación de la reforma hasta dialogar con los trabajadores2.
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