Revocan fallo en Jalisco, por presunta intervención religiosa en campaña electoral.

La Sala Superior revoca fallo del Tribunal de Jalisco tras denuncia por violación al principio de separación Iglesia-Estado. Un sacerdote es acusado de apoyar a un candidato en un discurso religioso.


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En un nuevo caso que pone en la mira la relación entre religión y política, el Tribunal Electoral del Estado de Jalisco enfrenta una denuncia por la presunta violación al principio de separación Iglesia-Estado. La acusación fue presentada por Claudia Delgadillo González el pasado 3 de julio de 2024, señalando al presbítero Sergio Joel Ascencio Casillas por un discurso dado durante una misa religiosa. Según la denuncia, el sacerdote habría promovido una estrategia de propaganda a favor del candidato Jesús Pablo Lemus Navarro, con fines electorales.

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El 9 de septiembre, el Tribunal local dictó una resolución en la que declaró la inexistencia de las infracciones, argumentando que no se acreditó la calidad de ministro de culto del acusado, ni se establecieron de manera clara las circunstancias de tiempo, modo y lugar en que se habría cometido la supuesta infracción. Además, el Tribunal mencionó que el video del discurso circulado en redes sociales pudo haber sido alterado.

Sin embargo, inconforme con esta resolución, la parte actora apeló la decisión ante la Sala Superior del Tribunal Electoral. El 16 de septiembre, la apelante solicitó la revocación de la sentencia, insistiendo en que la calidad de ministro de culto de Ascencio Casillas sí está debidamente acreditada, y que el contenido del video vulnera el principio de laicidad al involucrarse en asuntos electorales.

La Sala Superior ha considerado fundados los agravios relacionados con la valoración de las pruebas, señalando que el nombre del denunciado aparece en directorios de ministros de culto de la Secretaría de Gobernación, así como del Arzobispado de Guadalajara. Además, se comprobó que el domicilio proporcionado para la notificación es eclesiástico.

Como resultado, la Sala Superior ha decidido revocar la sentencia para que el Tribunal local emita una nueva resolución en un plazo de cinco días, tomando en cuenta si el acusado es o no ministro de culto, lo que podría tener repercusiones significativas en el caso.

Esta decisión subraya la importancia de mantener una estricta separación entre las instituciones religiosas y los procesos políticos en el país, en concordancia con la legislación vigente.


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